Cuándo se la piden a una empresa

SituaciónQué se declara normalmente
Contratación públicaNo estar incurso en inhabilidades o incompatibilidades para contratar con el Estado; veracidad de la información del RUP
Trámites societariosOrigen lícito de los recursos; composición accionaria; que la información entregada es fiel
Apertura o mantenimiento de cuentasOrigen de fondos, beneficiario final y actividad económica real
Aduana y comercio exteriorNaturaleza, origen o destino de mercancía cuando no hay documento que lo acredite
Arrendamientos y sedesQue un inmueble está destinado a una actividad determinada, o la situación de ocupación
Procesos internosAusencia de conflicto de interés de un directivo o de un proveedor

El patrón es siempre el mismo: la entidad necesita un hecho que ningún registro certifica y, en lugar de renunciar a él, lo convierte en una afirmación con consecuencia penal. Por eso conviene leer el texto antes de firmar. Una minuta redactada por la contraparte puede incluir afirmaciones que van más allá de lo que quien firma está en condiciones de sostener.

Cómo se otorga

  1. Identifique con precisión qué hecho debe declararse y quién debe hacerlo: si es una compañía, normalmente su representante legal con nombramiento vigente.
  2. Consiga o revise la minuta. Si viene de la entidad que la exige, léala línea por línea antes de aceptarla.
  3. Acuda a una notaría con cédula vigente y, si declara por una compañía, con el nombramiento inscrito y el RUC.
  4. Compruebe que lo que se va a leer y firmar coincide con lo que usted puede sostener con documentos.
  5. Firme ante el notario, que recepta la declaración y le da fe pública.
  6. Conserve el original y deje copia en el expediente del trámite: quien la pidió puede volver a invocarla años después.

La diferencia entre perjurio y falso testimonio está en el juramento: sin juramento, el mismo artículo prevé de uno a tres años. Eso convierte a la declaración juramentada en el documento más barato de producir y más caro de sostener en falso de todo un expediente empresarial.

Un apunte práctico sobre el costo: el arancel notarial de la declaración juramentada se fija como porcentaje del salario básico unificado y distingue si quien declara es persona natural o jurídica. Los valores vigentes y el criterio de cálculo están en la guía de notarías de DIREVOZ.