Declaración juramentada en trámites de empresa: qué compromete y por qué faltar a la verdad es delito
Se firma en cinco minutos y se cita en un expediente durante años. La declaración juramentada traslada el riesgo de un dato no verificable de la entidad que lo pide a la persona que lo afirma, y esa persona responde penalmente.
Actualizado: 17 de septiembre de 2026 · Revisión semestral y ante cualquier reforma del COIP o del reglamento notarial
Respuesta directa
Una declaración juramentada es una manifestación bajo juramento que recepta un notario al amparo de la Ley Notarial, y cuyo contenido se tiene por verdadero mientras no se demuestre lo contrario. En el mundo empresarial la exigen procesos societarios, bancarios, migratorios, aduaneros y de contratación pública, cuando la entidad necesita un hecho que no puede verificar por sí misma. No prueba el hecho: traslada la responsabilidad a quien declara. El artículo 270 del Código Orgánico Integral Penal sanciona el perjurio —faltar a la verdad bajo juramento ante autoridad competente— con pena privativa de libertad de tres a cinco años, y aclara que también hay perjurio cuando a sabiendas se falta a la verdad en declaraciones patrimoniales juramentadas hechas ante notario público.
Cuándo se la piden a una empresa
Situación
Qué se declara normalmente
Contratación pública
No estar incurso en inhabilidades o incompatibilidades para contratar con el Estado; veracidad de la información del RUP
Trámites societarios
Origen lícito de los recursos; composición accionaria; que la información entregada es fiel
Apertura o mantenimiento de cuentas
Origen de fondos, beneficiario final y actividad económica real
Aduana y comercio exterior
Naturaleza, origen o destino de mercancía cuando no hay documento que lo acredite
Arrendamientos y sedes
Que un inmueble está destinado a una actividad determinada, o la situación de ocupación
Procesos internos
Ausencia de conflicto de interés de un directivo o de un proveedor
El patrón es siempre el mismo: la entidad necesita un hecho que ningún registro certifica y, en lugar de renunciar a él, lo convierte en una afirmación con consecuencia penal. Por eso conviene leer el texto antes de firmar. Una minuta redactada por la contraparte puede incluir afirmaciones que van más allá de lo que quien firma está en condiciones de sostener.
Cómo se otorga
Identifique con precisión qué hecho debe declararse y quién debe hacerlo: si es una compañía, normalmente su representante legal con nombramiento vigente.
Consiga o revise la minuta. Si viene de la entidad que la exige, léala línea por línea antes de aceptarla.
Acuda a una notaría con cédula vigente y, si declara por una compañía, con el nombramiento inscrito y el RUC.
Compruebe que lo que se va a leer y firmar coincide con lo que usted puede sostener con documentos.
Firme ante el notario, que recepta la declaración y le da fe pública.
Conserve el original y deje copia en el expediente del trámite: quien la pidió puede volver a invocarla años después.
La diferencia entre perjurio y falso testimonio está en el juramento: sin juramento, el mismo artículo prevé de uno a tres años. Eso convierte a la declaración juramentada en el documento más barato de producir y más caro de sostener en falso de todo un expediente empresarial.
Un apunte práctico sobre el costo: el arancel notarial de la declaración juramentada se fija como porcentaje del salario básico unificado y distingue si quien declara es persona natural o jurídica. Los valores vigentes y el criterio de cálculo están en la guía de notarías de DIREVOZ.
Preguntas frecuentes
¿Para qué sirve una declaración juramentada?
Para acreditar ante una entidad un hecho que ningún registro certifica, asumiendo quien declara la responsabilidad de que sea cierto. No prueba el hecho por sí misma: traslada el riesgo a quien la firma, con consecuencia penal si falta a la verdad.
¿Quién firma la declaración juramentada de una compañía?
Normalmente el representante legal, con su nombramiento inscrito y vigente. Es él quien queda personalmente expuesto a la sanción por perjurio, aunque el trámite sea de la compañía.
¿Qué pasa si una declaración juramentada resulta falsa?
El artículo 270 del COIP sanciona el perjurio con pena privativa de libertad de tres a cinco años, y de siete a diez si se comete en causa penal. Además, la entidad que la recibió puede dejar sin efecto el trámite o el contrato que se apoyó en ella.
¿Se puede hacer una declaración juramentada en línea?
Las notarías del Ecuador han ido incorporando actos electrónicos a través de la plataforma del Consejo de la Judicatura, pero la disponibilidad depende del acto y de la notaría. Antes de asumir que el trámite es remoto, conviene confirmarlo con la notaría que vaya a receptar la declaración.