El 13 de septiembre de 2025, el galón de diésel premium amaneció en 2,80 dólares. Hasta el día anterior costaba 1,80. Para una flota de camiones, ese dólar se multiplicó por cada galón de cada día, y desde diciembre el precio ya no se queda quieto: cambia cada día 12, según una fórmula escrita en un decreto.

Del precio fijo a la banda

El Decreto Ejecutivo 126, firmado en Guayaquil el 12 de septiembre de 2025, reformó el Reglamento Codificado de Regulación de Precios de Derivados de Hidrocarburos. Hizo dos cosas. En una disposición transitoria fijó «por esta única vez» el precio del diésel premium del segmento automotriz en 2,80 dólares por galón desde el 13 de septiembre hasta el 11 de diciembre de 2025; antes costaba 1,80. Y desde el 12 de diciembre de 2025 sustituyó ese precio fijo por un mecanismo de estabilización que la agencia de regulación calcula y publica cada mes, con vigencia desde el día 12.

La medida está vigente, pero no intacta. El Decreto 303, vigente desde el 12 de febrero de 2026, bajó el precio piso del diésel en terminal de 2,229421 a 2,219388 dólares por galón sin IVA y cambió por un mes la ventana de cálculo del precio internacional. El Decreto 444, vigente desde el 12 de julio de 2026, añadió un mecanismo excepcional para acelerar las rebajas después de un alza fuerte. Según informó la prensa, un Decreto 468 del 11 de agosto de 2026 volvió a ajustar ese mecanismo excepcional; su texto no estaba disponible en una fuente oficial al cierre de esta nota. Son tres reformas en once meses sobre el mismo precio, la última conocida hasta ahora solo por la prensa.

Cómo se calcula el galón

La fórmula del Decreto 126 compara dos precios. El primero es el precio de paridad de importación: lo que costaría traer el galón desde la Costa del Golfo de Estados Unidos, calculado con el promedio de los últimos 20 registros del marcador internacional de diésel de ultra bajo azufre, el flete, un seguro del 0,05 %, la tarifa de uso de infraestructura, un costo financiero y un margen de abastecedora. El segundo es el precio en terminal del mes anterior.

Si la paridad supera al precio anterior en 5 % o más, el precio en terminal sube exactamente 5 %. Si lo supera por menos, sube lo que corresponda. Si la paridad está 10 % o más por debajo, el precio baja exactamente 10 %. Y en ningún caso puede quedar debajo del piso. Al precio en terminal se le suma un margen de comercialización de 0,128438 dólares por galón y el IVA del 15 %: eso es lo que se paga en el surtidor.

En la práctica, el surtidor sigue al mercado internacional con retraso y con tope. Cuando el mercado sube rápido, la diferencia entre lo que cuesta importar y lo que se cobra en el surtidor la cubre el Estado: el subsidio que se eliminó en septiembre de 2025 reaparece de forma temporal, aunque ya no con un precio congelado.

Dos diésel, dos precios

EP Petroecuador publica cada mes la estructura de precios en terminal, IVA incluido, para cada producto y sector. Esas tablas permiten seguir la regla con cifras oficiales y, sobre todo, comparar dos diésel que salen del mismo sistema con reglas distintas: el diésel premium automotriz, sujeto a la banda, y el diésel premium industrial, cuyo precio se publica con otra regla.

Entre el 12 de octubre y el 11 de noviembre de 2025, el automotriz costaba 2,652296 dólares en terminal y el industrial 2,988481. En febrero de 2026 casi coincidían: 2,552296 y 2,583550. Entre el 12 de mayo y el 11 de junio de 2026, el automotriz costaba 2,954602 y el industrial 5,406379: el precio que sigue al mercado casi duplicaba al que tiene banda.

Las cifras de febrero y mayo también prueban que la banda operó en su límite. Tres alzas consecutivas de 5 % sobre 2,552296 dan 2,954602, exactamente el precio publicado para mayo. Con el margen y el IVA, eso equivale a 2,70 dólares por galón en el surtidor en febrero y a 3,103 en mayo. En el período del 12 de julio al 11 de agosto de 2026 el precio en terminal fue 3,055797, es decir 3,204 dólares en el surtidor. Según la prensa, que reportó los valores publicados por la agencia de regulación, el galón bajó a 3,181 en agosto y a 3,151 desde el 12 de septiembre de 2026.

El sector pesquero muestra la misma asimetría: en julio de 2026 su diésel premium costaba 4,452290 dólares en terminal, contra 3,055797 del automotriz. Lo que paga una empresa depende del producto y, tanto como eso, del segmento en que lo compra.

Transportistas, industria y todos los demás

El transporte de carga y de pasajeros compra diésel automotriz y es el primer afectado: el galón que usa subió 56 % en un solo día, de 1,80 a 2,80 dólares, y desde diciembre de 2025 se mueve cada mes. Cuánto sube su costo por kilómetro depende del peso del combustible en su operación, que la norma no fija. El Gobierno ha entregado compensaciones económicas a transportistas desde la eliminación del subsidio, según ha informado la prensa; esas compensaciones se pagan aparte y el precio del surtidor sigue siendo el mismo.

Las empresas que usan diésel en procesos fijos —generadores, calderas, maquinaria— y lo compran como sector industrial pagan otro precio. La banda del Decreto 126 está escrita para el diésel premium del segmento automotriz, y los precios publicados lo confirman: en la subida de 2026 el industrial pasó de 2,58 a 5,41 dólares por galón en terminal entre febrero y mayo, un 109 % en tres meses, muy por encima del 5 % mensual que limita al automotriz. Para esas compras, la protección de la banda no se vio.

Todos los demás sienten la medida por el flete. Si un proveedor traslada su costo de transporte al precio, el alza llega con retraso y mezclada con otros costos; cuánto se traslada no lo fija el Decreto 126, y aquí no lo estimamos.

El techo de los próximos tres meses

La banda tiene una virtud para quien presupuesta: el alza máxima de cada mes está escrita. Partiendo del precio vigente desde el 12 de septiembre de 2026, 3,151 dólares, y aplicando la fórmula del decreto —precio en terminal más 5 % por mes, más el margen y el IVA—, el galón de diésel premium automotriz no podría superar 3,301 dólares desde el 12 de octubre, 3,459 desde el 12 de noviembre ni 3,624 desde el 12 de diciembre de 2026. Es un techo calculado, no un pronóstico: el precio puede quedar muy por debajo, y un nuevo decreto puede cambiar la fórmula, como ya ocurrió tres veces.

Para el piso no hay cálculo equivalente en el surtidor, porque la baja máxima mensual depende del mecanismo excepcional vigente y de si el precio internacional sigue bajando. Lo prudente es presupuestar con el techo en el escenario de estrés y con el precio vigente en el escenario base, y revisar cada día 12.

Nuestra lectura: el riesgo es la regla, no el precio

Quitar el subsidio dejó el precio del diésel en manos de una fórmula más que del mercado. Y la fórmula cumplió lo que prometía: en 2026 amortiguó un alza internacional que, sin ella, habría llevado el galón automotriz cerca del precio industrial. Pero el costo de amortiguar no desaparece: se traslada al fisco durante los meses en que la paridad supera al precio de la banda, que es exactamente lo que el subsidio fijo hacía, solo que ahora de forma temporal y decreciente.

A una empresa debería preocuparle menos el precio que la frecuencia con que cambia la regla. Una banda es valiosa porque es predecible; tres reformas en once meses, dos de ellas en julio y agosto de 2026, reducen esa previsibilidad, más aún cuando el texto de la última no se encuentra publicado en una fuente oficial de fácil acceso. La medida es evaluable con cifras oficiales, y eso ya es una ventaja sobre el precio congelado. Lo que falta para evaluarla del todo es que el Estado publique, mes a mes y en un solo lugar, cuánto le costó sostener la diferencia.

Cinco preguntas para el área financiera

  • ¿En qué segmento compra su diésel? Si es automotriz, su precio tiene banda. Si es industrial o de otro sector, revise la estructura de precios de Petroecuador del mes: puede estar pagando la paridad sin tope.
  • ¿Cuánto pesa el combustible en su costo total, y en qué contratos puede trasladar un alza?
  • ¿Su presupuesto usa el precio del día o el techo de la banda? Con la fórmula del decreto, el peor caso de los próximos tres meses se calcula en un minuto.
  • ¿Sus contratos de flete tienen una cláusula de ajuste por combustible atada a una publicación oficial, o dependen de una negociación cada vez?
  • ¿Quién revisa en su empresa, cada día 12, el precio nuevo y cualquier decreto que haya cambiado la regla?

Con la tercera y la quinta resueltas, el diésel deja de ser noticia y pasa a ser una línea más del presupuesto. Hasta que vuelva a cambiar la regla.