Las dos categorías

Negocio popularEmprendedor
Quién puede serPersonas naturalesPersonas naturales y jurídicas
Ingresos brutos anuales al 31 de diciembre del año anteriorHasta USD 20.000Hasta USD 300.000
ComprobantesNotas de venta o facturas electrónicasFactura electrónica obligatoria
Leyenda en el comprobante«Contribuyente Negocio Popular – Régimen RIMPE»«Contribuyente Régimen RIMPE»
Declaración de IVANo presentaSemestral (julio y enero)
Declaración de rentaAnual obligatoriaAnual obligatoria

El corte se mira sobre los ingresos del año anterior, no sobre los del año en curso: un negocio que este año creció sigue en la categoría que le correspondía al cierre del ejercicio pasado. Y si un negocio popular supera los USD 20.000, permanece en el régimen con obligaciones simplificadas y deja de ser negocio popular a partir del siguiente ejercicio fiscal.

Quiénes no pueden estar, aunque facturen poco

  • Contratos de construcción y urbanización.
  • Actividades profesionales, mandatos, representaciones y comisionistas.
  • Transporte, con excepción de los taxis.
  • Actividades agropecuarias.
  • Comercialización de combustibles.
  • Ingresos en relación de dependencia.
  • Arrendamientos.
  • Sectores de hidrocarburos, minería, financiero y de seguros.
  • Prestación de servicios gravados con el Impuesto a los Consumos Especiales (ICE).
  • Artesanos calificados.

Esta lista es la que más sorprende: es una exclusión por actividad, no por tamaño. Un profesional que factura USD 15.000 al año no es negocio popular, porque las actividades profesionales están fuera del régimen. Lo mismo ocurre con quien vive de arrendar un local o con un pequeño productor agropecuario.

Lo que le importa a quien le compra a un RIMPE

Para una empresa que contrata proveedores pequeños, el régimen del proveedor cambia el documento que va a recibir y el tratamiento del gasto. Un negocio popular puede entregar una nota de venta; un emprendedor entrega factura electrónica. Ambos deben llevar la leyenda del régimen en el comprobante, y esa leyenda es la señal de que el documento corresponde a un contribuyente RIMPE.