Dos feriados seguidos
El artículo 65 del Código del Trabajo incluye el 2 y el 3 de noviembre entre los días de descanso obligatorio: el Día de los Difuntos y la Independencia de Cuenca. Ambos son feriados nacionales. Al caer pegados, la regla general de traslado (martes al lunes, miércoles o jueves al viernes) podría separarlos o superponerlos; por eso la Disposición General Primera de la reforma de 2016 resuelve cada combinación.
| Si el 2 y el 3 caen en… | Qué dispone la ley |
|---|---|
| Lunes y martes (o jueves y viernes) | No se trasladan |
| Martes y miércoles | El descanso del miércoles pasa al lunes inmediato anterior al martes de feriado; el martes no se traslada |
| Miércoles y jueves | El descanso del miércoles se mueve al viernes inmediato siguiente; el jueves no se traslada |
| Viernes y sábado | El descanso del sábado pasa al jueves anterior al viernes de feriado |
| Domingo y lunes | El descanso del domingo se traslada al martes siguiente al lunes de feriado |
Cuándo se descansa, año por año
| Año | El 2 y el 3 caen | Se descansa |
|---|---|---|
| 2026 | Lunes y martes | Lunes 2 y martes 3 de noviembre |
| 2027 | Martes y miércoles | Lunes 1 y martes 2 de noviembre |
| 2028 | Jueves y viernes | Jueves 2 y viernes 3 de noviembre |
| 2029 | Viernes y sábado | Jueves 1 y viernes 2 de noviembre |
Lo que resuelve una empresa
Noviembre deja cada año un bloque de cuatro días —en 2026, del sábado 31 de octubre al martes 3 de noviembre—, el más largo del segundo semestre. Es la ventana natural para mantenimientos y cierres de planta, y la que más afecta plazos de entrega a fin de año.
